El Gobierno Nacional reglamentó los plazos mediante el decreto 2345 del 23 de diciembre de este año para el pago de las obligaciones tributarias de personas jurídicas y naturales para el año 2020.
Grandes Contribuyentes deberán declarar renta y complementario para el año gravable 2019 y cancelar el valor del impuesto en 3 cuotas que de acuerdo con el NIT irían así:
- Cuota 1: entre el 11 de febrero y el 24 de
febrero de 2020.
- Declaración y pago de la segunda cuota: entre el
14 de abril y el 27 de abril del 2020
- Tercera cuota: entre el 9 de junio y el 20 de
junio de 2020.
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