A través de la resolución 0004 del 2019, la DIAN publicó y habilitó los formularios pertinentes para el cumplimiento de las obligaciones tributarias del año 2019. Por su parte el numeral 8° del artículo 8 del Código de Procedimiento Administrativo se apropió del proyecto resolución que fue publicado en la página web de la DIAN. En la resolución se evidencian los ajustes que se hicieron al formulario 325 DECLARACIÓN DEL IVA DE PRESTADORES DE SERVICIOS DESDE EL EXTERIOR, prescrito por la resolución 0069 del 28 de diciembre 2018.
En la disposición se estableció el formulario 120 para la presentación de la DECLARACIÓN INFORMATIVA DE TRANSFERENCIA, los que corresponden al año gravable 2018 y siguientes. Para las personas que contribuyen y se encuentran obligados a presentar el impuesto sobre la renta y complementarios, deberán realizarlo a través de los servicios informáticos autorizados por la DIAN como lo es la herramienta de la firma electrónica.
Esta resolución habilitó los formularios para la presentación de la DECLARACIÓN ANUAL DE ACTIVOS EN EL EXTERIOR que corresponde al año gravable 2019 y siguientes. De igual modo que quienes declaren el impuesto sobre la renta y complementarios, los obligados del impuesto anual de activos, tendrán la opción de realizar la presentación a través del IFE, las personas que lo hagan a través de un medio diferente, la DIAN lo tomará como no presentada.
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Año gravable 2018
Es necesario tener en cuenta que para este año gravable, la DIAN determinó como CERTIFICADO DE INGRESOS Y RETENCIONES POR RENTAS DE TRABAJO Y PENSIONES el formulario 220, para presentar la DECLARACIÓN DEL MONOTRIBUTO del mismo años, el formulario 2050 y para el 2019 y siguientes, el formulario 400 llamado ´Formulario para liquidar y consignar el Aporte Especial de las Notarías para la Administración de Justicia’
Por su parte, el formulario 410 se encargará de presentar la Declaración Semanal del Gravamen a los Movimientos Financieros, el formulario 430 determina la Declaración Impuesto Nacional a la Gasolina y el ACPM y el formulario 435 para la declaración del impuesto nacional al carbono. Por último el Formulario 490 será ‘Recibo oficial del pago impuestos nacionales’. Cada uno de ellos corresponden al año gravable 2019 y siguientes.
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