Por la cual se fija el contenido y características técnicas que debe cumplir la información solicitada por la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social -UGPP , conforme con lo establecido en el parágrafo 2°del artículo 178 de la Ley 1607 de 2012.
La directora de la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensiona y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social UGPP, en ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas en el numeral 11 del artículo 9°