Desde el próximo 16 de enero los titulares de cuentas bancarias abiertas en el exterior y denominadas de moneda extranjera, deberán presentar ante La DIAN su información exógena cambiaria. Este proceso incluya a personas naturales y jurídicas.
Plazos
Para cumplir con esta obligación deberá tener en cuenta que este trámite está basado en el último digito, sin tener en cuenta el dígito de verificación del NIT del obligado cambiario.
16 de enero
Terminados en uno
17 de enero
Terminados en dos
18 de enero
Terminados en tres
Los que terminen en cuatro tendrán que entregar los datos a más tardar el 21 de enero; en cinco, el 22 de enero; en seis, el 23 de enero; en siete, el 24 de enero; en ocho, el 25 de enero; en nueve, el 28 de enero, y en cero, el 29 de enero.
Para tener en cuenta